Tratamiento HHT

Las derivaciones a otros hospitales: problemas y vías de solución

¿Por qué se solicitan derivaciones a otros hospitales?

¿Por qué los profesionales sanitarios envían a sus pacientes a otros hospitales para una atención concreta? ¿Cuál es la razón de que los pacientes soliciten a sus profesionales médicos la atención en una unidad específica de otro hospital, muchas veces en otra comunidad autónoma diferente a la suya?

La razón principal es la ESPECIALIDAD en unidades de Hospitales de Referencia.
La Ley General de Sanidad de 1986 reconoce el derecho de todos los ciudadanos a la atención sanitaria pública. Esta normativa establece que «las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva». Por lo tanto, tienes derecho a la atención médica pública en cualquier lugar de España.

Es más

El Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud establece en su art. 2.4 que: «Los servicios de salud que no puedan ofrecer alguna de las técnicas, tecnologías o procedimientos contemplados en esta cartera en su ámbito geográfico establecerán los mecanismos necesarios de canalización y remisión de los usuarios que lo precisen al centro o servicio donde les pueda ser facilitado, en coordinación con el servicio de salud que lo proporcione».

Así pues el proceso de derivación tendría que ser un puente entre un hospital y otro.

puente y hospitales

¿Cómo es el proceso de derivación?

Desde el hospital de origen se canaliza la propuesta de traslado a la Dirección de Área de Salud correspondiente, órgano competente para autorizar la petición (La el Comité de Designación de centros, servicios y unidades de referencia). Solicita la propuesta de derivación a través de la aplicación informática (SIFCO), adjuntando la documentación requerida, y remitiéndola a través de este sistema a la Dirección de Área de Salud correspondiente para su autorización.

De ser autorizada, el hospital de origen solicita la primera cita en el centro sanitario de destino a través del sistema SIFCO (Sistema de Información del Fondo de Cohesión.
Una vez recibida la aceptación de la misma, se realizarán los trámites necesarios con el paciente y acompañante, en su caso, para acordar su desplazamiento y la documentación que se requiera en destino, derivando al paciente o acompañante a la Dirección de Área de Salud para entregar los bonos de viaje y orden de asistencia de autorización.
Las citas sucesivas se tramitarán directamente en la Dirección de Área de Salud correspondiente.

Sin embargo, la competencia en materia de sanidad recae en las Comunidades Autónomas, dando lugar a innumerables casos de conflictividad en traslados y derivaciones de pacientes.

¿Por qué se da estos problemas? Principalmente por las partidas económicas que reciben cada CC.AA. Aunque disponen una partida económica para los traslados y derivaciones de pacientes de una CC.AA. a otra, el número tan alto de pacientes traslados y derivados hace que la carga económica sea mayor. A ello, hay que sumarla la interrelación entre el número de pacientes de origen, los derivados, los de urgencia y el número efectivo del cuerpo del hospital.

Por ello, una vez comenzado el proceso de derivación, éste termina en:

• rechazo de la atención a pacientes procedentes de otras zonas
• remisión al sistema de salud de su región
• solicitud obligatoria de una tarjeta de desplazado

Una vía de solución: El Documento de Asistencia a Desplazados de otras Comunidades Autónomas (con carácter temporal)

tarjeta-sanitaria

La tarjeta de desplazado se puede solicitar bien por internet, a través del registro electrónico de la Consejería; o bien presencialmente en el Centro de Salud. Se necesita cuando viajamos a otra región varias semanas o meses. Permite acudir a los servicios de atención primaria, no obstante no tendrás médico de cabecera, sino la atención del personal disponible en ese momento.

La tarjeta de desplazamiento es igual en todas las Comunidades Autónomas, excepto en la duración de la misma (puede ir de 3 meses a 6 meses). Transcurrido este tiempo se podrá renovar por un período MÁXIMO de 6 MESES.

Pasado los 6 meses, si se sigue viviendo en otra región y quiere disfrutar de la atención sanitaria será necesario el EMPADRONAMIENTO. En caso de no querer empadronarse, la única vía es acudir a URGENCIAS.

Urgencias

Si estas fuera de tu Comunidad Autónoma y no tienes una tarjeta de desplazado solo te atenderán en urgencias.

En caso de necesitar hospitalización, no habrá gasto alguno para el paciente. El servicio de salud de la Comunidad Autónoma en la que seas atendido cubrirá los gastos generados. Existe un Fondo de Cohesión Interterritorial que dispone con una cantidad establecida anualmente en los Presupuestos Generales del Estado. Este fondo se utiliza para pagar los servicios de salud entre las diferentes regiones. cubriendo los gastos de hospitalización de los pacientes derivados de unas regiones a otras.

Si el centro de salud o el hospital se niegue a atender será necesario presentar una reclamación.

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